CERVECERIA NACIONAL DOMINICANA S. A., con su domicilio social en la Autopista 30 de Mayo Km 6 ½, Esq. San Juan Bautista, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, entidad que a los fines de este acto se denominará CND;
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO:
EL CLIENTE declara que ha recibido en buen estado de funcionamiento el (los) equipo (s) que se describe (n) en otra parte de este contrato en calidad de préstamo a uso o comodato, propiedad de CND, bajo las siguientes condiciones:
(i) EL CLIENTE se compromete y obliga a no colocar, ni permitir que terceros coloquen en el equipo, materiales y/o artículos promociónales de otras marcas.
(ii) EL CLIENTE no podrá utilizar ni permitir que terceros utilicen loscongeladores/dispensadores para enfriar productos de otra categoría o de la misma categoría de productos de las marcas de CND.
(iii) El préstamo del (de los) equipo (s) está sujeto a la compra ininterrumpida de los productos a CND, de acuerdo a la capacidad de cada uno, por lo que frente al incumplimiento por parte del CLIENTE, CND se reserva el derecho del retirarlo (s).
(iv) CND se compromete a reparar el equipo en un plazo de tres (3) a cinco (5) días, a partir del momento que el Centro de Atención al Cliente reciba la correspondiente reclamación.
(v) EL CLIENTE no podrá ceder los derechos y obligaciones generadas en virtud del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de CND.
(vi) Causas de retiro de equipo (s) y término de este contrato: (i) Incumplimientos por parte del CLIENTE: del respeto de exclusividad de enfriamiento; de no comprar los volúmenes o montos previamente establecidos; de los daños físicos del (de los) equipo (s); del cierre temporal o definitivo del local donde se ha instalado el (los) equipo (s); de no permitir a CND la inspección del (de los) equipos) ; por trasladar el (los) equipo (s) a otra dirección distinta a la autorizada o convenida, sin el consentimiento por escrito de CND; así como cualquier otra falta que afecte los intereses de CND
(vii) Al término del presente contrato EL CLIENTE se obliga y compromete a devolver a CND los equipos instalados durante la vigencia del presente contrato. EL CLIENTE se obliga y compromete a establecer frente a sus socios, empleados y demás acreedores que los equipos objeto del presente contrato son de la exclusiva propiedad de CND y que por tanto el cliente deberá cuidar de los mismos como un buen padre de familia y no podrá disponer de los mismos a cualquier título sin el consentimiento previo y por escrito de CND.